¿Se pueden utilizar materiales de audio y vídeo como prueba en el tribunal?
Los materiales audiovisuales de los que estás hablando deben ser materiales audiovisuales legales.
Los materiales audiovisuales se pueden utilizar como prueba en los tribunales, pero generalmente se requiere la presentación de los originales y los materiales audiovisuales se obtienen por medios legales y no hay duda de que el material audiovisual Los materiales son auténticos. Las copias que se verifiquen que son correctas con los materiales audiovisuales también se pueden utilizar como prueba en el tribunal.
Disposiciones especiales sobre el uso de materiales audiovisuales como prueba aparecen en las "Varias Disposiciones del Tribunal Popular Supremo sobre Pruebas en Procedimientos Civiles":
Artículo 22: Los investigadores investigan y recopilar computadoras Para datos o materiales audiovisuales, como grabaciones de audio y video, se requerirá que la persona investigada proporcione el soporte original de los materiales relevantes. Si es realmente difícil proporcionar el transportista original, se puede proporcionar una copia. Si se proporciona una copia, el investigador explicará su fuente y proceso de producción en la transcripción de la investigación.
Artículo 56: “El testigo que no puede comparecer ante el tribunal por verdaderas dificultades” según lo estipulado en el artículo 70 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se refiere a las siguientes circunstancias:
(1 ) Vejez Los que están débiles o tienen dificultades para moverse y no pueden comparecer ante el tribunal
(2) Los que están en posiciones especiales que no pueden salir
(3) Los que están en posiciones especiales que no pueden salir; que están muy lejos y tienen dificultades para comparecer ante el tribunal debido a un transporte inconveniente
(4) No comparecer ante el tribunal debido a fuerza mayor como desastres naturales
(5; ) Otras circunstancias especiales en las que el tribunal no pueda comparecer ante el tribunal.
En el caso del párrafo anterior, con el permiso del Tribunal Popular, los testigos podrán presentar testimonios escritos o materiales audiovisuales o testificar a través de tecnología de transmisión audiovisual bidireccional.
Artículo 49: Al contrainterrogatorio de prueba documental, prueba física y material audiovisual, las partes tienen derecho a solicitar la presentación de la copia original u objeto original de la prueba. Excepto por una de las siguientes circunstancias:
(1) Es realmente difícil presentar el documento u objeto original y el tribunal popular permite la producción de una copia o reproducción
(; 2) El documento u objeto original ya no existe, pero existe evidencia que demuestra que la copia o réplica es consistente con el documento u objeto original.
Artículo 69: No podrán utilizarse por sí solas como base para la determinación de los hechos del caso las siguientes pruebas:
(1) Testimonio rendido por un menor de edad que no guarde proporción con su edad y estado mental;
(2) Testimonios emitidos por testigos que tengan interés en una de las partes o su agente
(3) Materiales audiovisuales que sean cuestionables; >
(4) Copias y reproducciones que no puedan contrastarse con los documentos y objetos originales;
(5) Testimonios de testigos que no comparecieron ante el tribunal a declarar sin motivos justificables.
Artículo 70: Si la siguiente prueba aportada por una parte es objetada por la otra pero no existe prueba en contrario suficiente para refutarla, el tribunal popular confirmará su valor probatorio:
(1) Pruebas documentales originales o copias, fotografías, duplicados, extractos que se verifiquen ser correctos con la prueba documental original
(2) Pruebas físicas originales o copias, fotografías, materiales de video, etc. que se verifique que son correctos con la evidencia física original
(3) Materiales audiovisuales que estén respaldados por otras evidencias y obtenidos por medios legales sin ninguna duda, o copias que se verifiquen que son correctos con la evidencia física original; los materiales audiovisuales;
(4) Una parte solicita al Tribunal Popular registros de inspección de pruebas físicas o escenas producidas de conformidad con los procedimientos legales.