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Medidas de Gestión de Centros de Rehabilitación de Drogas

(La Orden N° 49 del Ministerio de Seguridad Pública entró en vigor el 30 de marzo de 2000)

Capítulo 1 Disposiciones Generales

El artículo 1 tiene como objetivo fortalecer y estandarizar la gestión y garantizar Para el buen progreso de la desintoxicación obligatoria de drogas, estas medidas se formulan de acuerdo con las "Medidas de desintoxicación obligatoria de drogas" del Consejo de Estado y las reglamentaciones pertinentes.

Artículo 2 Los centros de desintoxicación obligatoria son medidas coercitivas administrativas adoptadas por los órganos de seguridad pública de conformidad con la ley para proporcionar desintoxicación fisiológica, corrección psicológica, trabajo moderado, rehabilitación física y tratamiento legal a las personas adictas al tabaco o a las drogas inyectables. drogas dentro de un cierto período de tiempo, un lugar para la educación moral.

Artículo 3 Los centros de desintoxicación obligatoria deben adherirse a la política de combinar el tratamiento contra las drogas con la educación, seguir los principios de una gestión legal, estricta, científica y civilizada y lograr una gestión estandarizada, tratamiento hospitalario y escolar. educación y trabajo de rehabilitación, jardinería ambiental.

Artículo 4 Para el establecimiento de centros de rehabilitación obligatoria de drogadictos, los órganos de seguridad pública de los gobiernos populares a nivel de condado o superior propondrán planes basados ​​en la planificación unificada de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas, y municipios directamente dependientes del Gobierno Central, y presentarlos a los gobiernos populares del mismo nivel para su aprobación antes de presentarlos al Ministerio de Seguridad Pública. Cuando las agencias de seguridad pública en los sistemas de ferrocarril, transporte y aviación civil equivalentes a las del nivel de condado o superior necesiten establecer centros de rehabilitación obligatoria de drogas, deben presentar una solicitud a la Oficina de Seguridad Pública del Ministerio de Ferrocarriles, la Oficina de Seguridad Pública. del Ministerio de Transporte y la Oficina de Seguridad Pública de la Administración de Aviación Civil para su aprobación respectivamente, y luego informar al Ministerio de Seguridad Pública para su archivo. Los órganos de seguridad pública no pueden gestionar conjuntamente centros de rehabilitación obligatoria de drogadictos con ninguna unidad o individuo. Los centros de rehabilitación obligatoria de drogadictos deben crearse por separado, con al menos 60 camas. El lugar de desintoxicación obligatoria de drogas debe estar lo más lejos posible de instituciones, escuelas, zonas residenciales, guarderías y otras zonas bulliciosas y con gran aglomeración de personas, así como de lugares con ambientes ruidosos y contaminados.

Artículo 5 La gestión de los centros de desintoxicación obligatoria de drogas será responsabilidad del órgano de seguridad pública que estableció el centro de desintoxicación obligatoria de drogas. Los nombres de los centros de desintoxicación obligatoria de drogas se denominarán colectivamente “×× Público. Centro de Desintoxicación Obligatoria de Órganos de Seguridad”.

Artículo 6: Un centro de rehabilitación obligatoria de drogadictos tendrá un director y de uno a tres subdirectores, y estará equipado con agentes disciplinarios, médicos, contables y otros policías según las necesidades del trabajo.

Los centros de desintoxicación obligatoria deberían contar con agentes de policía en función del número de camas: si hay menos de 100 camas, por lo general debería haber al menos 15 personas, entre las cuales no debería haber menos de cuatro personal médico; si hay más de 100 camas, no debe haber menos de 15 personas, la policía civil generalmente debe desplegarse en el 15% del número de camas, entre las cuales el número de personal médico no debe ser inferior a 5. % del número de camas. Los centros de rehabilitación obligatoria de drogadictos deben estar equipados con un cierto número de mujeres policías y un número correspondiente de personal laboral en función de las necesidades laborales. El director, el subdirector y los agentes de policía correccional deben tener un título universitario o superior, los médicos deben tener títulos profesionales y técnicos de médico o superior, las enfermeras deben tener títulos profesionales y técnicos o haber recibido capacitación en conocimientos profesionales relevantes, y el personal de contabilidad debe tener títulos profesionales y técnicos o haber recibido capacitación en conocimientos profesionales relevantes; Títulos profesionales y técnicos en contabilidad.

Artículo 7: Los agentes de policía en los centros de rehabilitación obligatoria de drogas deben hacer cumplir la ley de manera imparcial, observar estrictamente la disciplina, ser honestos y honestos, y no deben incurrir en las siguientes conductas:

(1 ) Golpes, regaños, castigos corporales, insultos a los drogadictos, violación de sus derechos e intereses legítimos;

(2) Solicitar y aceptar bienes de los drogadictos y sus familiares;

(3) Malversar, destruir o disponer de bienes confiscados o conservados en nombre de otros;

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(4) Proporcionar estupefacientes y psicotrópicos a drogadictos en violación de las regulaciones;

(5) Liberar a los drogadictos sin permiso.

Artículo 8 La inversión de capital en construcción y los fondos necesarios para los centros de rehabilitación obligatoria de drogas se informarán al departamento de planificación y al departamento de finanzas del gobierno popular al mismo nivel para su inclusión en el plan de construcción de capital y el presupuesto fiscal de el mismo nivel según la afiliación administrativa.

Capítulo 2 Admisión

Artículo 9 Los centros de tratamiento obligatorio de drogas aceptan drogadictos con base en la "Decisión de rehabilitación obligatoria de drogas" emitida por los órganos de seguridad pública de los gobiernos populares en o por encima del condado. nivel.

Artículo 10 Cuando los centros de tratamiento obligatorio de drogas acepten personal de desintoxicación, deberán cumplimentar el "Formulario de Alta de Personal de Desintoxicación Obligatoria" y realizarle un reconocimiento de salud. Si concurren alguna de las siguientes circunstancias, deberán hacerlo. cumplimentar el "Formulario de Examen de Salud del Personal de Desintoxicación Obligatoria", si no es apto para ser admitido en un centro de desintoxicación obligatoria, el centro de desintoxicación obligatoria emitirá un dictamen de examen de salud y lo devolverá al órgano de seguridad pública que realizó originalmente el examen de salud. decisión y tomar una decisión sobre la desintoxicación fuera del centro dentro de un plazo de acuerdo con la ley:

(1) Padecer enfermedades infecciosas agudas (excluidas las enfermedades de transmisión sexual) u otras enfermedades graves;

(2) Embarazadas o en período de lactancia de un bebé menor de un año;

(3) Otros no aptos para centros de rehabilitación obligatoria de drogadictos Drogadictos. Una vez desaparecidas las circunstancias previstas en el párrafo anterior, si una persona que ha sido detenida fuera de un centro de rehabilitación de drogas dentro de un plazo determinado aún no se ha recuperado de su adicción a las drogas y necesita rehabilitación obligatoria de drogas, el órgano de seguridad pública que originalmente tomó la decisión deberá tomar una decisión sobre la rehabilitación obligatoria de drogas y enviarlo a un centro de rehabilitación obligatoria de drogas para continuar con la rehabilitación de drogas.

Artículo 11 Cuando un centro de rehabilitación obligatoria de drogas acepte en el mismo a drogodependientes, se les informará de los derechos de que gozan según la ley y de las normas que deben respetar.

Artículo 12 Cuando los centros de rehabilitación obligatoria de drogas acepten a drogadictos en sus instalaciones, sus personas y pertenencias deberán ser inspeccionadas. A excepción de las necesidades diarias, el centro de rehabilitación obligatoria de drogas conservará otros bienes y el "Formulario de registro de custodia de bienes para el personal de rehabilitación obligatoria de drogas" deberá completarse por duplicado. El centro de rehabilitación obligatoria de drogas registrará y confiscará las drogas descubiertas durante la inspección y los artículos de contrabando que deben ser confiscados por ley, y emitirá una "Lista de artículos confiscados prohibidos para el personal de rehabilitación obligatoria de drogas" por duplicado, conservando una copia. por el centro de rehabilitación obligatoria de drogadictos y el otro Entrega a drogadictos. Los artículos confiscados se manejarán de acuerdo con las normas pertinentes. Los exámenes físicos de las drogadictas deben ser realizados por personal femenino.

Artículo 13 Los centros de rehabilitación obligatoria de drogadictos establecerán archivos de drogadictos de conformidad con las leyes y reglamentos pertinentes e implementarán una gestión informática. El contenido del archivo incluye: "Decisión de rehabilitación obligatoria de drogas", "Formulario de registro de entrada del personal de rehabilitación obligatoria de drogas", "Formulario de registro de salida del personal de rehabilitación obligatoria de drogas", "Formulario de examen de salud del personal de rehabilitación obligatoria de drogas", "Propiedad del personal de rehabilitación obligatoria de drogas" Formulario de registro de almacenamiento", "Lista de confiscación de artículos prohibidos del personal de rehabilitación obligatoria de drogas", registros médicos del personal de desintoxicación, registros de entrevistas y educación, "Formulario de aprobación para extender el período de desintoxicación obligatoria", "Carta de decisión para extender el período de desintoxicación obligatoria". Desintoxicación", "Aviso de desintoxicación determinada fuera de la institución para personas en desintoxicación obligatoria", "Formulario de aprobación para levantar la desintoxicación obligatoria", "Carta de decisión para la extensión del período de desintoxicación obligatoria" Certificado de desintoxicación de drogas "y otros materiales que deben conservarse. Si una persona en tratamiento de drogas fallece durante el período de tratamiento de drogas, el centro de tratamiento obligatorio de drogas deberá incluir en sus archivos la "Valoración de Defunción del Personal en Rehabilitación Obligatoria de Drogas" y la "Notificación de Fallecimiento del Personal en Rehabilitación Obligatoria de Drogas". Nadie podrá acceder a los expedientes de drogodependientes sin la aprobación del director del centro de rehabilitación obligatoria de drogodependientes.

Capítulo 3 Gestión y educación

Artículo 14 Los centros de rehabilitación obligatoria de drogas establecerán sistemas estrictos de gestión y educación, integrarán la educación con la gestión, combinarán la disciplina con la educación y educarán y rescatarán a los drogadictos.

Artículo 15 Los centros de rehabilitación obligatoria de drogodependientes atenderán a los drogodependientes por separado según sexo, adultos y menores. Las drogadictas son atendidas por personal femenino. Los centros de desintoxicación obligatoria deben gestionarse de acuerdo con la situación de desintoxicación y dividirse en áreas como desintoxicación fisiológica, tratamiento psicológico y rehabilitación física.

Artículo 16: Las áreas de tratamiento de drogas de los centros de rehabilitación obligatoria de drogas serán administradas de forma cerrada. A excepción de los funcionarios penitenciarios, el personal médico y el personal de trabajo, no se permite el ingreso de otro personal al área de tratamiento de drogas sin la aprobación del director.

Artículo 17: Los centros de tratamiento obligatorio de drogas implementarán un sistema de inspección de turno las 24 horas del día. El personal de servicio deberá permanecer en sus puestos y los problemas encontrados deberán informarse de manera oportuna y tratarse adecuadamente.

Artículo 18 Los centros de rehabilitación obligatoria de drogas realizarán inspecciones de seguridad regulares o irregulares para eliminar posibles riesgos de accidentes de manera oportuna y prevenir accidentes como fugas y suicidios de drogadictos y otros comportamientos que pongan en peligro la seguridad de los drogadictos obligatorios. centros de rehabilitación.

Artículo 19 Los centros de desintoxicación obligatoria podrán tomar medidas de protección, como atención especializada o aislamiento, del personal de desintoxicación de drogas que pueda lesionarse, mutilarse o cometer otras conductas nocivas debido a la drogadicción, para evitar víctimas.

Artículo 20 Los centros de desintoxicación obligatoria educarán al personal de desintoxicación para cumplir con el "Código de conducta para el personal de desintoxicación obligatoria" y las diversas reglas y regulaciones de los centros de desintoxicación obligatoria, obedecer a la dirección, cooperar con el tratamiento y recibir educación. . Para quienes violen el reglamento, el centro de desintoxicación obligatoria criticará, educará o dará advertencias respectivamente según las circunstancias, quienes violen el "Reglamento de Sanción de Gestión de Seguridad Pública" estarán sujetos a sanciones de seguridad pública por parte de los órganos de seguridad pública afiliados al; centro de desintoxicación obligatoria; si se constituye un delito, la responsabilidad penal se perseguirá conforme a la ley.

Artículo 21 Los centros de rehabilitación obligatoria de drogas, basándose en la situación real de los drogadictos, llevarán a cabo educación planificada, decidida y específica sobre las leyes, la ética, las situaciones, las políticas, los peligros del abuso de drogas y el conocimiento sobre enfermedades de transmisión sexual y sida educar. La conversación y la educación de las drogadictas deben estar a cargo de mujeres policías o de dos o más agentes de policía.

Artículo 22 La educación de los drogadictos puede llevarse a cabo de diversas formas, como conferencias centralizadas, conversaciones individuales, ayuda y educación social, persuasión de familiares y amigos y experiencia personal. Los centros de desintoxicación obligatoria deben organizar actividades como escuchar radio, mirar televisión, leer libros y periódicos, visitar y estudiar, y escribir y representar programas teatrales para que el personal de desintoxicación active las vidas del personal de desintoxicación.

Artículo 23: Los centros de rehabilitación obligatoria de drogas implementarán una gestión estandarizada de la vida cotidiana de los drogodependientes. Los agentes de policía penitenciarios deben implementar un tratamiento directo cara a cara de los drogadictos. Deben estar familiarizados con la situación básica de los drogadictos a cargo, comprender sus tendencias ideológicas de manera oportuna y llevar a cabo un trabajo de educación ideológica específico.

El personal médico debe mantenerse al tanto del tratamiento y estado de recuperación física de los drogadictos a su cargo.

Artículo 24: Para el personal de tratamiento de drogas que confiese voluntariamente sus actos ilícitos y delictivos, el centro de tratamiento obligatorio de drogas recomendará que los departamentos correspondientes sean indulgentes, mitigados o exentos de pena de conformidad con la ley; quienes denuncien o expongan actos ilegales o criminales de otras personas o tengan centros de rehabilitación obligatoria de drogas deben recompensar a otros drogadictos que hayan realizado servicios meritorios. Si un centro de rehabilitación obligatoria de drogas descubre que los drogadictos han cometido otros actos ilegales y delictivos que aún no han sido resueltos, los presentará a los departamentos pertinentes para su tratamiento de conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos pertinentes.

Artículo 25 Si un drogadicto tiene una de las circunstancias estipuladas en el artículo 10 de estas Medidas durante el período de tratamiento obligatorio de drogas y no es apto para la desintoxicación en un centro de desintoxicación obligatoria de drogas, el centro de desintoxicación obligatoria de drogas deberá informarlo a la agencia de seguridad pública que originalmente tomó la decisión. Después de la aprobación, se emitirá un "Aviso para que el personal de rehabilitación obligatoria de drogas se desintoxice fuera de la institución dentro de un tiempo límite", permitiendo que el personal de desintoxicación se desintoxice fuera de la institución dentro de un tiempo. límite bajo la supervisión y dirección de la comisaría de policía del lugar de su residencia permanente o temporal. El tiempo transcurrido en desintoxicación fuera del plazo prescrito se incluirá en el período de desintoxicación obligatoria. Si el período de desintoxicación de drogas fuera del límite de tiempo expira y la persona ha sido físicamente desintoxicada después de la inspección, el centro de desintoxicación obligatoria se encargará de los procedimientos de salida y expedirá un "Certificado de liberación de la desintoxicación obligatoria".

Artículo 26 Los centros de rehabilitación obligatoria de drogas permitirán las visitas de familiares de drogadictos o personal relevante de sus unidades, y las visitas serán organizadas uniformemente por el centro de rehabilitación obligatoria de drogas. Los visitantes deben cumplir con las normas pertinentes del centro de rehabilitación obligatoria de drogas. A quienes infrinjan las normas, el centro de rehabilitación obligatoria de drogadictos podrá advertirles u ordenarles que dejen de visitarlo. Los artículos traídos o enviados por correo a los drogadictos deben ser inspeccionados por el centro de rehabilitación obligatoria de drogas para confirmar que están libres de contrabando y registrados antes de que puedan ser entregados a los propios drogadictos.

Artículo 27 Cuando la unidad de atención de casos consulte sobre drogodependientes, deberá presentar el certificado de la unidad de atención de casos y los certificados válidos del personal de atención de casos, y realizar los trámites de registro, que se llevará a cabo en el lugar designado dentro del instituto con la aprobación del director. Durante la investigación, habrá al menos dos personas a cargo del caso.

Artículo 28 Durante el período de desintoxicación obligatoria de drogas, si un familiar inmediato de un drogadicto se encuentra gravemente enfermo, fallece o necesita abandonar temporalmente la residencia por otros motivos legítimos, la comisaría local emitirá una orden certificado, y el familiar o unidad deberá emitir un certificado con una garantía por escrito, puede abandonar la residencia después de ser aprobado por el director y reportado a la oficina de seguridad pública local para su registro. El período de ausencia de la institución no excederá de tres días, y el tiempo de ausencia de la institución se incluirá en el período de desintoxicación obligatoria de drogas.

Artículo 29: Los sospechosos y acusados ​​de delitos que hayan pasado por procedimientos penales de detención o arresto y se encuentren detenidos en centros de detención, así como las personas detenidas y educadas en centros de detención y educación, deberán someterse a una desintoxicación fisiológica en drogas obligatorias. Para el tratamiento de drogas, el centro de detención y el centro de refugio y educación deberán presentar opiniones y presentarlas a los órganos de seguridad pública a nivel de condado o superior para su aprobación, y luego podrán ser tratados en centros de rehabilitación obligatoria de drogas designados. El trabajo de seguimiento durante el período de tratamiento será realizado por personal del lugar de supervisión original, y los pacientes serán acompañados de regreso al lugar de supervisión original inmediatamente después de la desintoxicación fisiológica.

Artículo 30: Si un drogadicto fallece durante el tratamiento obligatorio de drogas, el centro de tratamiento obligatorio de drogas deberá notificar al órgano de seguridad pública que originalmente tomó la decisión de organizar un médico forense o un médico designado para realizar una evaluación de la muerte. Previa inspección por la Fiscalía Popular del mismo nivel, el "Aviso de Defunción de Personas en Rehabilitación Obligatoria de Drogas" se notificará a los familiares del fallecido, unidad o comisaría donde se encuentre el registro de domicilio; para los cadáveres que no sean reclamados. por familiares, el centro de rehabilitación obligatoria de drogadictos los reportará al órgano de seguridad pública que originalmente tomó la decisión para su aprobación, tomará fotografías y luego los desechará. El órgano de seguridad pública que originalmente tomó la decisión deberá informar la identificación de la muerte y otra información relevante al órgano de seguridad pública del nivel inmediatamente superior para su registro.

Artículo 31 Si un drogadicto no está satisfecho con la decisión sobre el tratamiento obligatorio de drogas y solicita una reconsideración o presenta una demanda administrativa en el tribunal popular, el centro de tratamiento obligatorio de drogas presentará de inmediato los materiales a los departamentos pertinentes. para su procesamiento. En el caso de los materiales utilizados por los drogadictos para denunciar, exponer y acusar al personal de los centros de tratamiento obligatorio de drogas por infracciones ilegales y disciplinarias, los centros de tratamiento obligatorio de drogas deberán enviarlos de inmediato a los departamentos pertinentes o a las autoridades superiores para su procesamiento.

Capítulo 4 Tratamiento Médico y Rehabilitación

Artículo 32 Los centros de rehabilitación obligatoria de drogas tomarán medidas de tratamiento sintomático de los toxicómanos y establecerán expedientes de tratamiento. Los pacientes y los infectados por el virus deberán someterse a aislamiento; tratamiento de desintoxicación.

Artículo 33 Los centros de desintoxicación obligatoria deberán utilizar medicamentos de desintoxicación de acuerdo con la normativa pertinente, y no podrán utilizar medicamentos de desintoxicación que no hayan sido aprobados para uso clínico o de prueba.

Artículo 34 Los centros de rehabilitación obligatoria de drogas establecerán un estricto sistema de gestión de drogas de rehabilitación de drogas. Los estupefacientes y psicotrópicos utilizados para la desintoxicación deben estar a cargo de personal especializado, y personal especializado debe establecer y llevar cuentas especiales de recaudación y pago, recetas especiales y libros de registro especiales. Si es necesario utilizar medicamentos desintoxicantes para el personal de desintoxicación, un médico emitirá una receta y supervisará al personal de desintoxicación para que tome los medicamentos en el acto.

Artículo 35 Los centros de desintoxicación obligatoria implementarán un sistema de servicio las 24 horas del día del personal médico y visitas periódicas a las salas para evitar que el personal de desintoxicación sufra accidentes durante el tratamiento de desintoxicación.

Artículo 36: Los centros de rehabilitación obligatoria de drogadictos organizarán a los drogadictos que hayan recibido tratamiento de desintoxicación para la realización de actividades culturales y deportivas que sean beneficiosas para la recuperación física, bajo la premisa de garantizar la seguridad, los drogadictos podrán organizarse para; participar en labores moderadas dentro del centro.

Artículo 37: Para los drogadictos que están a punto de expirar su período de desintoxicación obligatoria de drogas, el centro de desintoxicación obligatoria de drogas comprobará si han sido desintoxicados fisiológicamente. Para aquellos que aún no se han desintoxicado fisiológicamente, el centro de desintoxicación obligatoria podrá presentar dictámenes, completar el "Formulario de Aprobación de Prórroga del Período de Desintoxicación Obligatoria" y presentarlo al órgano de seguridad pública que originalmente tomó la decisión de aprobar la prórroga. el período de desintoxicación obligatoria, sin embargo, el período de desintoxicación obligatoria real no se contará consecutivamente más de un año.

Capítulo 5 Vida y Salud

Artículo 38 Los centros de desintoxicación obligatoria de drogas establecerán áreas de oficinas, áreas de tratamiento de drogas, áreas de actividades culturales y deportivas, y áreas de producción y trabajo, y estarán equipadas con Equipo médico y equipo de fitness necesarios. El área de tratamiento de desintoxicación de drogas estará equipada con salas de desintoxicación, salas de observación, salas de tratamiento, farmacias, salas de examen y salas de servicio. Las farmacias de las áreas de tratamientos de desintoxicación deberán contar con las condiciones para almacenar estupefacientes, psicotrópicos y tóxicos de uso médico. La sala de tratamiento debe estar equipada con condiciones para diagnosticar y tratar las complicaciones comunes de la desintoxicación de drogas y otras instalaciones de emergencia.

Artículo 39 La superficie promedio de una sala de desintoxicación no será inferior a tres metros cuadrados por persona; deberá estar ventilada, iluminada y preparada para prevenir el frío, el golpe de calor y la humedad. Artículo 40 Un centro de desintoxicación obligatoria establecerá un sistema de salud y prevención de epidemias y contará con instalaciones para que el personal de desintoxicación se bañe, se corte el cabello y lave y seque la ropa, mantenga el interior y el exterior limpios e higiénicos y desinfecte regularmente; verde y embellecer el entorno del centro de desintoxicación obligatoria.

Artículo 41 Los gastos de manutención y de tratamiento de los drogadictos durante el tratamiento de drogas correrán a cargo de ellos mismos o de sus familiares. Si los drogadictos no pueden pagar, la comisaría de policía donde se encuentra su residencia registrada emitirá un certificado y el centro de tratamiento de drogas se verá obligado a elaborar un plan presupuestario y presentarlo al departamento financiero local para su liquidación. Las normas para los gastos de manutención y de tratamiento de los drogadictos son formuladas uniformemente por los departamentos y oficinas de seguridad pública de cada provincia, región autónoma y municipio directamente dependientes del Gobierno Central en consulta con el departamento de precios en función de las condiciones reales locales, y se informan a al Ministerio de Seguridad Pública para su presentación.

Artículo 42: Para los gastos de manutención y tratamiento pagados por los drogadictos o sus familiares, el centro de rehabilitación obligatoria de drogas emitirá recibos, llevará cuentas separadas y las administrará por separado. Las cuentas de alimentos se liquidarán por separado. y publicado una vez al mes. Queda estrictamente prohibida la retención, apropiación indebida y otras apropiaciones indebidas. El comedor para drogadictos debería estar separado del comedor del personal, con fogones separados para garantizar la higiene de los alimentos. Para los drogadictos de minorías étnicas, se deben respetar sus costumbres y hábitos étnicos.

Capítulo 6: Desintoxicación

Artículo 43: Vencido el período de desintoxicación obligatoria, el personal de desintoxicación de drogas que haya sido examinado y haya sido desintoxicado físicamente será dado de alta del centro de desintoxicación con la aprobación del director del centro de desintoxicación obligatoria Luego de realizar los trámites, se expedirá un "Certificado de Levantamiento de Rehabilitación Obligatoria de Drogas" y se notificará a sus familiares o a su empleador para que lo reciban. El personal de desintoxicación de drogas podrá recoger los bienes depositados al ingresar a la instalación presentando el “Formulario de Registro de Custodia de Bienes para Personal de Desintoxicación de Drogas Obligatoria”.

Artículo 44: Si los toxicómanos son objeto de detención penal, arresto o reeducación mediante el trabajo, detención y educación de menores, o detención y educación por otros actos ilegales y delictivos, el centro de tratamiento obligatorio de drogas dará por terminado su tratamiento obligatorio de drogas de acuerdo con los documentos legales pertinentes. Desintoxicarse en un centro de rehabilitación de drogas y pasar por los procedimientos de traslado.

Artículo 45: Para los drogadictos que hayan abandonado el centro de tratamiento de drogas después del período de tratamiento de drogas, el centro de rehabilitación obligatoria de drogas notificará a la comisaría de seguridad pública su residencia permanente o temporal, y realizará investigaciones de seguimiento y visitas de seguimiento para cooperar con los drogadictos y sus familiares, unidades de trabajo o comités de residentes (aldeas) y comisarías de policía en el lugar de residencia permanente o temporal implementar medidas de asistencia y educación para consolidar los efectos de tratamiento farmacológico.

Artículo 46: Cuando los drogodependientes abandonen un centro de tratamiento obligatorio de drogas, el centro de tratamiento obligatorio de drogas deberá registrar su salida y cumplimentar el "Formulario de Alta de Salida del Personal de Tratamiento Obligatorio de Drogas".

Capítulo 7 Disposiciones complementarias

Artículo 47 Los centros de desintoxicación obligatoria podrán aceptar personal de desintoxicación voluntaria, pero deberán gestionarse separadamente del personal de desintoxicación obligatoria y establecer los correspondientes sistemas de gestión.

Artículo 48 El “personal de desintoxicación de drogas” en estas Medidas se refiere al personal de desintoxicación de drogas obligatoria. El artículo 49 “Arriba” de estas Medidas incluye el número actual.

Artículo 50: Los centros de rehabilitación obligatoria de drogadictos implementarán una gestión jerárquica, y las medidas específicas serán formuladas por separado por el Ministerio de Seguridad Pública.

Artículo 51 El formato de los documentos de los centros de rehabilitación obligatoria de drogadictos será formulado uniformemente por el Ministerio de Seguridad Pública.

Artículo 52 El Ministerio de Seguridad Pública es responsable de la interpretación de las presentes Medidas.

Artículo 53 Las presentes Medidas entrarán en vigor a partir de la fecha de su promulgación.

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