¿Cuánto pueden costar los derechos cinematográficos y televisivos de una novela romántica de 300.000 palabras?
1. Para obras ciudadanas, el período de protección de los derechos de publicación y de los derechos de propiedad intelectual es de 50 años antes de la vida del autor y después de su muerte, finalizando el 65438 + 31 de febrero del año 50 después. muerte del autor;
2. Para obras de personas jurídicas u otras organizaciones, así como obras profesionales cuyos derechos de autor (excepto el derecho de autoría) sean disfrutados por personas jurídicas u otras organizaciones, el derecho de publicar. y los derechos de propiedad de las obras están protegidos durante 50 años, generalmente a partir de la primera publicación de la obra. El período finaliza el 65438 + 31 de febrero, 50 años después de la primera publicación de la obra. Sin embargo, si la obra no se publica dentro de los 50 años posteriores a su creación, la ley de derechos de autor ya no la protegerá
3. El período de protección de los derechos de publicación y de propiedad de las obras cinematográficas, de las obras creadas; con métodos similares a la realización de películas y trabajos fotográficos es de 50 años y finaliza en 65438 + 31 de febrero, el año 50 después de la primera publicación de la obra. Sin embargo, si la obra no se publica dentro de los 50 años posteriores a su creación, sus derechos de autor ya no están protegidos;
4. El período de protección para el derecho a publicar una obra colaborativa y los derechos de propiedad de la obra es. 50 años después de la vida del autor, terminando con el último Por lo tanto, es 65438+31 de febrero en el año 50 después de la muerte del autor. ;
5. Para obras cuyos autores se desconocen, el período de protección de derechos de autor es de 50 años y finaliza el 65438 + 31 de febrero del año 50 después de la primera publicación de la obra.
El artículo 3 de la Ley de Derecho de Autor de la República Popular China "Obras" mencionadas en esta Ley se refiere a logros intelectuales que son originales y pueden expresarse de cierta forma en los campos de la literatura, el arte y la ciencias, incluyendo:
(1) Obras escritas;
(2) Obras orales;
(3) Música, teatro, arte popular, danza, acrobacia. obras;
( 4) Obras de arte y arquitectura
(5) Obras fotográficas
(6) Obras audiovisuales
(7) Dibujos de diseño de ingeniería y dibujos de diseño de productos, mapas, esquemas y otros trabajos gráficos y modelos;
(8) Software de computadora;
(9) Otros logros intelectuales que se ajusten a las características de la obra.
Artículo 23. El período de protección del derecho de publicación de una persona física y de los derechos estipulados en los incisos (5) a (17) del artículo 10, párrafo 1 de esta Ley será durante la vida del autor y cincuenta años después de su muerte, terminando el el quincuagésimo día después de la muerte del autor 65438 + 31 de febrero del año; si se trata de un trabajo colaborativo, el plazo es 65438 + 31 de febrero del quincuagésimo año después de la muerte del último autor fallecido.
Para las obras de una persona jurídica o de una organización no incorporada, los derechos de autor (excepto el derecho de autoría) lo disfruta una persona jurídica o una organización no incorporada. El período de protección del derecho de publicación es de cincuenta años. , finalizando al tercer día de la creación de la obra Cincuenta años + 31 de febrero; el plazo de protección de los derechos previstos en los incisos 5 a 17 del artículo 10, apartado 1 de esta Ley es de cincuenta años, finalizando al quincuagésimo año después de la creación de la obra. el trabajo se publicó por primera vez. Sin embargo, si la obra no se publica dentro de los cincuenta años siguientes a su creación, esta ley dejará de protegerla.
El plazo de protección del derecho de publicación de las obras audiovisuales es de cincuenta años, finalizando el 65438+31 de febrero del quincuagésimo año después de la creación de la obra; artículo 10, párrafo 1, inciso 5 de esta Ley; El plazo de protección de los derechos señalados en el artículo 17 es de cincuenta años, finalizando el 65438 + 31 de febrero, quincuagésimo año después de la primera publicación de la obra. Sin embargo, si la obra no se publica dentro de los cincuenta años siguientes a su creación, esta ley dejará de protegerla.