Ley de Promoción de la Industria Cinematográfica de la República Popular China
El término "película" mencionado en esta Ley se refiere a una película producida mediante tecnología audiovisual y medios artísticos, grabada en película o soporte digital, consistente en imágenes continuas sonoras o mudas que expresan ciertos contenidos, y conforme a las normas técnicas prescritas por el Estado, obras que se proyectan públicamente en lugares de proyección fijos, como cines o en equipos de proyección móviles.
Quienes difundan películas a través de redes de información como Internet, redes de telecomunicaciones, redes de radio y televisión, etc., también deberán cumplir con las leyes y reglamentos administrativos sobre redes de información como Internet, redes de telecomunicaciones, radio. y cadenas de televisión, etc. Artículo 3 Al participar en actividades cinematográficas, uno debe adherirse al servicio al pueblo y al socialismo, centrándose en los beneficios sociales y logrando la unidad de los beneficios sociales y los beneficios económicos. Artículo 4 El Estado se adhiere a la dirección creativa centrada en las personas, se adhiere a la política de dejar florecer cien flores y competir cien escuelas de pensamiento, respeta y garantiza la libertad de creación cinematográfica, aboga por una creación cinematográfica cercana a la realidad, a la vida. , y las masas, y fomenta la creación de películas que sean ideológicas, artísticas y ornamentales. Excelente película. Artículo 5 El Consejo de Estado incorporará el desarrollo de la industria cinematográfica al plan nacional de desarrollo económico y social. Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior deben incorporar el desarrollo de la industria cinematográfica en sus planes nacionales de desarrollo económico y social basados en las realidades locales.
El Estado formula políticas cinematográficas y de la industria relacionada para guiar la formación de un mercado cinematográfico unificado, abierto y de competencia justa y promover la prosperidad y el desarrollo del mercado cinematográfico. Artículo 6 El Estado fomenta la investigación, el desarrollo y la aplicación de la tecnología cinematográfica, formula y mejora los estándares de la tecnología cinematográfica y construye un sistema de innovación en tecnología cinematográfica con las empresas como organismo principal, el mercado como guía e integrando la industria, la academia y la investigación. Artículo 7 Los derechos de propiedad intelectual relacionados con las películas están protegidos por la ley y no pueden ser infringidos por ninguna organización o individuo.
Los departamentos responsables de hacer cumplir los derechos de propiedad intelectual bajo los gobiernos populares a nivel de condado o superior deben tomar medidas para proteger los derechos de propiedad intelectual relacionados con las películas e investigar y castigar las infracciones de los derechos de propiedad intelectual relacionados con las películas. de conformidad con la ley.
Los ciudadanos, las personas jurídicas y otras organizaciones que participan en actividades cinematográficas deberían aumentar su conocimiento de los derechos de propiedad intelectual y mejorar su capacidad para utilizar, proteger y gestionar los derechos de propiedad intelectual.
El Estado alienta a los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones a desarrollar productos cinematográficos y de vídeo y otros productos derivados de conformidad con la ley. Artículo 8 El departamento administrativo cinematográfico del Consejo de Estado es responsable del trabajo cinematográfico en todo el país; el departamento administrativo cinematográfico del gobierno popular local a nivel de condado o superior es responsable del trabajo cinematográfico dentro de su propia región administrativa.
Otros departamentos relevantes de los gobiernos populares a nivel de condado o superior son responsables del trabajo cinematográfico relevante dentro de sus respectivos ámbitos de responsabilidad. Artículo 9 Las organizaciones de la industria cinematográfica formularán normas de autorregulación de la industria de conformidad con la ley, realizarán intercambios comerciales, fortalecerán la educación sobre ética profesional y salvaguardarán los derechos e intereses legítimos de sus miembros.
Los actores, directores y otros profesionales del cine deben adherirse tanto a la moral como al arte, acatar las leyes y regulaciones, respetar la ética social, acatar la ética profesional, fortalecer la autodisciplina y establecer una buena imagen social. Artículo 10 El Estado apoya el establecimiento de un sistema de evaluación de películas y fomenta las críticas cinematográficas.
Las películas excelentes, las organizaciones y las personas que hayan realizado contribuciones destacadas al desarrollo de la industria cinematográfica serán elogiadas y recompensadas de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. Artículo 11 El Estado fomenta la cooperación y los intercambios cinematográficos internacionales basados en la igualdad y el beneficio mutuo, y apoya la participación en festivales (exposiciones) de cine en el extranjero. Capítulo 2 Creación y filmación de películas Artículo 12 El Estado fomenta la creación de guiones cinematográficos y la innovación en temas, géneros, formas y métodos, y fomenta las discusiones académicas cinematográficas y los intercambios comerciales.
Los departamentos cinematográficos de los gobiernos populares a nivel de condado o superior deberán, en función de las necesidades de la creación cinematográfica, brindar la comodidad y asistencia necesarias para que los creadores cinematográficos profundicen en las bases, las masas y la experiencia. vida. Artículo 13 Las personas jurídicas y otras organizaciones que planeen producir películas deberán presentar un esquema de guión cinematográfico ante el departamento de cine del Consejo de Estado o el departamento de cine del gobierno popular de una provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central; cualquier esquema de guión cinematográfico que involucre temas importantes de seguridad nacional, diplomacia, etnia, religión, asuntos militares, etc. y otros temas, deberá presentarse para su revisión de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.
Si el esquema del guión de la película o el guión de la película cumplen con las disposiciones del artículo 16 de esta Ley, el departamento de cine dependiente del Consejo de Estado anunciará la información básica de la película a producir, y la El departamento de cine dependiente del Consejo de Estado o el gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central publicará la información básica de la película. La autoridad competente emitirá un certificado de registro o un documento de aprobación. Las medidas específicas serán formuladas por el departamento administrativo cinematográfico del Consejo de Estado. Artículo 14 Con la aprobación del departamento administrativo cinematográfico del Consejo de Estado, las personas jurídicas y otras organizaciones pueden cooperar con organizaciones extranjeras en la producción de películas, pero no cooperarán con organizaciones extranjeras en actividades que dañen la dignidad, el honor y los intereses; de nuestra nación, poner en peligro la estabilidad social o herir los sentimientos nacionales para participar en producciones cinematográficas.
Si una película coproducida cumple con los requisitos de índice de creación, índice de inversión, distribución de ingresos, etc., se considerará una película producida por una persona jurídica nacional u otra organización.
Las organizaciones extranjeras no pueden participar de forma independiente en actividades de producción cinematográfica en China; los individuos extranjeros no pueden participar en actividades de producción cinematográfica en China. Artículo 15 El departamento cinematográfico del gobierno popular a nivel de condado o superior se coordinará con los departamentos de seguridad pública, protección de reliquias culturales, gestión de lugares escénicos y otros departamentos para brindar la conveniencia y asistencia necesarias a las personas jurídicas y otras organizaciones para participar en actividades de producción cinematográfica. de conformidad con esta ley.
Quienes participan en actividades de producción cinematográfica deben cumplir con las leyes y regulaciones como la protección del medio ambiente, la protección de reliquias culturales, la gestión de lugares escénicos y la seguridad de la producción, y tomar las medidas de protección y protección necesarias durante el proceso de filmación.