Alguien está vendiendo "películas japonesas" en QQ. ¿Es ilegal? ¿Cómo lo denuncio?
El delito de producir, copiar, publicar, vender y difundir materiales obscenos con fines de lucro se refiere al acto de producir, copiar, publicar y difundir materiales obscenos con fines de lucro. Se denomina delito de producción, venta y difusión de materiales obscenos y es un tipo de delito pornográfico.
1. Características
1. El objeto de la infracción es el ordenamiento estatal de las publicaciones culturales y las buenas costumbres sociales. Los objetos del delito de producir, copiar, publicar, vender y difundir materiales obscenos se limitan a materiales obscenos.
2. Objetivamente hablando, es el acto de producir, copiar, publicar, vender y difundir materiales obscenos. El delito de producir, copiar, publicar, vender y difundir materiales obscenos es un delito selectivo. Cualquiera que cometa cualquiera de los actos antes mencionados puede ser condenado y sancionado por el delito de producción, copia, publicación, venta y difusión de materiales obscenos, siendo los actos antes mencionados en su mayoría de postproducción y difusión; y sólo se reconoce un delito y no se castigan varios delitos juntos.
3. El sujeto de este delito es un sujeto general, y la unidad también puede ser culpable de producir, copiar, publicar, vender y difundir materiales obscenos.
4. Subjetivamente, es directo e intencionado, y además tiene una finalidad lucrativa.
En segundo lugar, disposiciones penales
Artículo 363: Delito de producción, copia, publicación, venta y difusión de materiales obscenos. Quien produzca, copie, publique, venda o difunda materiales obscenos con fines de lucro será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años, detención penal o vigilancia, y también con multa. Si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y también se le impondrá multa si las circunstancias son especialmente graves, será sancionada con pena privativa de libertad fija; de no menos de diez años o cadena perpetua, y también será multado o se le confiscarán sus bienes.